Esta página está dedicada exclusivamente al Respeto y Defensa de los Derechos Socio-económicos del Militar Profesional venezolano, de sus Familiares y de sus Sobrevivientes con derechos adquiridos
   
  ATALAYA DEL MILITAR PROFESIONAL RETIRADO
  I N I C I O
 

¡IORFAN!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Hasta la fecha me he mantenido al margen de la polémica relacionada con el Instituto de Oficiales Retirados de la FAN (IORFAN), pero ya es imposible no hacerlo. En esta oportunidad sólo me referiré a un aspecto puntual.

El Instituto en referencia se ha transformado en una imitación del desastre administrativo y dirección del país, en donde un desquiciado hace lo que le viene en ganas, sin límite de leyes ni moral.

La actual Junta Directiva, especialmente dos de sus integrantes quienes llevan la voz cantante en esa “Junta”, donde uno de ellos es fiel e incondicional seguidor del “individuo” y el otro es un obcecado con el poder, han hecho con el IORFAN lo que les ha venido en ganas sin encontrar una resistencia u oposición a sus desmanes y, de paso, con el pleno consentimiento, ¿complicidad?, del Viceministro de Servicios de Min defensa, que ha sido incapaz de tomar una decisión, que además de ética, puede resolver la situación de una vez por todas; a pesar de que el mismo se encuentra, según el organigrama de ese Ministerio, en el “Nivel Sustantivo” ~Sustantivo = Substantivo, substantiva (b. lat. -ivu) adjetivo 1    que tiene existencia real, independiente, individual.~  pero castrado para la toma de decisiones.

Sin detenernos en la Auditoría hecha por la Contraloría General de la FAN y que fue remitida a la Fiscalía Militar (¿por qué hizo eso la CGFAN?); o en el hecho de hacer expulsar del Círculo Militar a la A.C. Grupo Pichincha, organización que se ha dedicado con todos sus recursos, esfuerzos, decisión y altruismo a defender los derechos socio-económicos del militar profesional en situación de retiro y sus familiares sobrevivientes; o el saboteo y desconocimiento de unos resultados electorales (¿alguna similitud o coincidencia?); su auto designación como Directores Generales para poder incrementar sus ingresos que se reflejarán en ¡prestaciones sociales!; o en el hecho de que ellos sí cobran el beneficio de alimentación por cuenta del presupuesto del IORFAN, sin siquiera hacer los esfuerzos necesarios para que paguen dicho beneficio a la colectividad militar que ellos dicen representar; o al hecho arbitrario de que, existiendo una Junta Directiva legal y legítimamente electa y juramentada pero que ellos en su demente arbitrariedad se niegan a reconocer, han convocado a nuevas elecciones para el domingo 25 de abril del 2010 desde las 8:00 hrs hasta las 16:00 hrs; sin detenernos, en fin en otros aspectos administrativos relacionados con los bienes inmuebles, estos déspotas (en la 2ª y 3ª acepción del diccionario) persisten en violar la Ley del Instituto de Oficiales de las Fuerzas Armadas Nacionales en situación de Retiro, específicamente, en esta oportunidad, el artículo 16 que ordena que:

“Las Asambleas Generales, serán Ordinarias o Extraordinarias. Serán convocadas por el Presidente del Instituto y se considerarán válidas cualquiera sea el número de afiliados asistentes. La Asamblea General Ordinaria de los afiliados del Instituto, se celebrará cada año, durante la primera quincena del mes de enero, para oír el informe de la Junta Directiva, designar la Comisión de cuatro (4) miembros, uno por cada Fuerza, que efectuará el examen de la gestión administrativa finalizada el treinta y uno de diciembre. Las Asambleas Generales Extraordinarias…”

Pues bien, esos jerarcas decidieron realizar la Asamblea General Ordinaria el día 30 de enero del presente en ¡Porlamar!, para lo cual ya reservaron las habitaciones para el alojamiento de todos los Delegados Regionales de ese Instituto y sus respectivos cónyuges, ¿qué les parece?

Además de violar la ley al realizar dicha Asamblea en la segunda quincena de enero, calcule usted el costo de la misma en cuanto a pasajes, alojamiento, comida y viáticos.

Pero no se preocupe, eso lo paga usted con su cuota de afiliación, aunque también puede ser que ese costo sea cargado al millonario presupuesto asignado por Min defensa, aún así, ¿se justifica ese elevado costo? ¡Con razón salieron tan mal en la Auditoría ya citada!

Lo lamentable de todo esto es que esos “administradores” cometen todas esas irregularidades porque nosotros, los afiliados, se lo permitimos y muchos de los Oficiales que son designados o elegidos para integrar la Comisión Electoral Permanente o la Comisión de examen de Gestión, a pesar de que tales Comisiones son autónomas en cuanto a sus decisiones, se subordinan a la Junta Directiva y cumplen servilmente sus mandatos.

¿Quiénes serán los Oficiales en situación de retiro que se inscribirán como candidatos a Vocales para integrar una Junta Directiva de un Instituto que posiblemente sea intervenido o liquidado?; ¿quiénes están dispuestos a pasar a la historia como los integrantes en cuya administración liquidaron al Instituto?; ¿quiénes están dispuestos a lavar los trapos sucios de la actual Junta Administradora?; ¿quiénes están dispuestos a tener que asistir a los tribunales para responder por la presunta malversación detectada por la Contraloría General de la FAN y que remitió la documentación necesaria a la Fiscalía Militar y ésta declinó en un tribunal civil?

¿Usted está dispuesto a todo ello?, ¡PIÉNSELO MUY BIEN!

Enero, 05 de 2010




¡Presunto aumento!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

 

Está circulando por internet dos informaciones sobre un presunto incremento de primas y pago de pasivos laborales. Es conveniente tomar con precaución esas informaciones. Veamos por qué.

Para comenzar, sí es verdad que a partir de enero 2010 hay un incremento en las remuneraciones, tanto para activos como para los que se encuentran en situación de retiro y familiares sobrevivientes con derechos adquiridos, pero ello no es consecuencia a un Decreto de incremento, sólo sucede porque algunas de las asignaciones (primas, bonos) se basan en la Unidad Tributaria, por lo tanto las mismas aumentan conforme a ella. Ahora bien, se debe tener presente que la U.T. de referencia para ese incremento a partir de enero 2010 es la unidad tributaria que corresponde al año 2009. El Min defensa no hace esos pagos conforme a la U.T. del mismo año porque, según su explicación, el presupuesto es elaborado en función al valor de dicha U.T. vigente para el momento de la elaboración del proyecto de presupuesto. ¿Tendrá razón Min defensa?, en parte podría ser que sí; mientras tanto existe una pérdida adicional en el poder adquisitivo de las remuneraciones debido al ¿desfase? en el valor de la U.T. Una forma de corregir esa deficiencia sería la solicitud de un crédito adicional una vez conocido el valor de la U.T. para el año 2010; pero parece que eso es mucho trabajo para quienes laboran en la dependencia responsable de la Planificación y Presupuesto de Min defensa.

En el mensaje de fin de año a la FAN el individuo sólo hizo una mención a las remuneraciones y a la seguridad social y fue la siguiente:

“Siempre estaremos pendientes de los sueldos y los salarios de ustedes (los militares). Hemos incrementado las primas, hemos igualado los patrones establecidos en la seguridad social y sepan ustedes de que yo como soldado que soy, al igual que el ministro, siempre estaré comprometido a mejorar el nivel de vida del militar”

Como se puede apreciar, hay una mezcla de media verdad ~ dejando a salvo que entonces existe una media mentira ~ y mucha demagogia.

Media verdad porque sí es cierto que se “igualaron los patrones establecidos en la seguridad social”, ¡pero sólo ocurrió en la cobertura que obligatoriamente debe brindar la compañía cautiva Seguros Horizonte!, el resto de las diferencias en la prestación de seguridad social en la FAN permanecen incólumes.

La media mentira está en que el “incremento de las primas” no sucedió porque ese individuo lo haya decidido así, ¿acaso usted recibió algún incremento en las primas incluidas en su pensión?, recuerde lo que dice el artículo 32 de la vigente Ley de Seguridad Social de las FF.AA.NN. El incremento de las primas fue por las razones antes dichas.

¡Y la gran demagogia! “…y sepan ustedes de que yo como soldado que soy, al igual que el ministro, siempre estaré comprometido a mejorar el nivel de vida del militar”; ¡mayor descaro, manipulación, engaño y patraña no existe!, ¿cuándo se ocupado o comprometido a mejorar el nivel de vida del militar? Pero dejemos esto para un análisis posterior.

Otra verdad es que sí hizo mención a los pasivos laborales del sector militar:

“Ya se ha hecho el cálculo y me dijeron cuánto hacía falta para cancelar los fideicomisos correspondientes al segundo semestre de 2008 y el primer semestre de 2009. Hagan sus cuentas porque les pagaremos los intereses comenzando el año”

Pero observe bien, sólo hizo cita a los “fideicomisos correspondientes al segundo semestre de 2008 y el primer semestre de 2009” en ningún momento hizo referencia a la deuda contraída con los militares profesionales en situación de retiro y los familiares sobrevivientes con derechos adquiridos. De paso, insisto, ¿por qué no pagaron a los activos su fideicomiso en la oportunidad que les correspondía?, ¿acaso ese pago no estaba incluido en la ley de presupuesto de 2008 y la del año 2009?, ¿en qué fue gastado ese dinero que correspondía a esos meses de fideicomiso?

En resumen, ¡no ha sido decretado, a la fecha de hoy, ningún aumento en las remuneraciones para el personal militar profesional en situación de actividad o de retiro!

La otra información está relacionada a un ~ también presunto ~ radiograma “NOCLASS 001/FANB-MD-2009” en el cual se quiere hacer ver que, por instrucciones del Comandante en Jefe de la FAN, se pagará a los militares en situación de retiro, en particular a los TT/PP, el Bono de Alimentación y el ¡bono recreacional!; inclusive señala fechas para el pago. Se transcribe a continuación:

NOCLASS 001/FANB-MD-2009

Cumpliendo instrucciones del ciudadano Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Bolivariana de Venezuela y Presidente Constitucional de la República, cumplo con participar a los militares en la honrosa situación de retiro, en particular a los TT/PP, en virtud a lo establecido en la Normativa MD-0052/AC245 de fecha 15ABR2005, y a lo declarado por el TSJ de fecha 16MAY2008, en cuanto a la orden de pago INMEDIATO del bono alimenticio (cesta tickets) y al bono recreacional (vacacional), por orden del Cmdte en Jefe para el día 29, 30 y 31 del mes y año presente, se les hará el pago efectivo para ser depositado en sus respectivas cuentas nominales. Ha de aclararse que se cancelarán 48 meses de bono alimentario según la tasa activa de la U/T correspondiente a los años 2002, 2003, 2004 y 2005, los otros años subsiguientes, es decir: 2006, 2007, 2008 y 2009, serán efectivo en el próximo semestre del año 2010, a igual razón de la tasa activa de la U/T. Es justicia aplicable a todo soldado. "palabras textuales del ciudadano Presidente de la República"

 

Analicemos, con calma, ese presunto radiograma:

1.- Observe el número de la correspondencia, ¿cómo es posible que finalizando el año pueda tener el Nº 001?

2.- ¿Cuál es la dependencia emisora?; ¿quién lo firma?; recordemos la forma y el proceso que sigue una comunicación de ese tipo, ¿quién lo transmite y quién es el responsable de la redacción?

3.- Las fechas de pago son significativas “29, 30 y 31” del mes de diciembre de 2009, ¿acaso el 28 de diciembre no es el día de los “inocentes”?

4.- ¿Por qué hace énfasis en la Tropa Profesional? Puede tener varias explicaciones, además del día de los inocentes: a) el mensaje fue elaborado por un TP para tratar de alegrarle el fin de año a sus compañeros; b) el mensaje fue elaborado por algún profesional militar activo o en situación de retiro, o civil, operador psicológico, consciente del poder que tienen los militares profesionales de la categoría de Tropa Profesional y trata de infundirles falsas esperanzas para originar su división, para debilitarlos y pierdan fuerza y cohesión en sus reclamos socio-económicos.

5.- Hace referencia a una Normativa MD-0052/AC245 de fecha 15ABR2005” y la enlaza con la medida cautelar dictada por el TSJ. Corresponde preguntarse: ¿normativa de abril ¡2005!?

Este tipo de información hay que tomarla con “pinzas”, hay que tener cuidado. Son muchos los militares profesionales en situación de retiro que tienen hijos y familiares en servicio activo y tienen a la mano la información más cierta; también son muchos los militares profesionales y familiares sobrevivientes que mantienen contacto con militares profesionales en situación de actividad ~ en todos los rangos y categorías ~ que tiene acceso a la verdadera información dentro de la administración militar, ¿por qué no recurrir a ellos y obtener esa información? ¡Háganlo, en beneficios de todos!

Recordemos lo que dijo Samuel Johnson (1709-1784); ensayista y lexicógrafo inglés: “Donde la esperanza no existe, no puede existir el esfuerzo” Así que mantengamos la esperanza y hagamos el mejor de nuestros esfuerzos para lograr lo que nos corresponde por ¡Derecho y por justicia!

No podemos claudicar, apoyemos las acciones que se emprenderán este 2010, sin olvidar que es un año electoral ¡debemos aprovechar esta circunstancia!

Enero, 04 de 2010




¡Magistrada!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

 

Sé justo en el momento preciso.

Toda justicia que tarda es injusticia.
Marcel Schwob (1867-1905); escritor francés.

 

¿Cuántos años tiene usted como profesional del Derecho?, ¿cuántos cargos ha ejercido dentro del sistema judicial?, ¿se olvidó lo aprendido en las aulas universitarias?; dígame una cosa… ¿usted se graduó como abogada en la IV o en la V república?; por su edad, experiencia y cargo que ocupa no creo que haya sido en estos últimos once años.

Es en extremo conocido por usted que “Esencial a la justicia es hacerla sin diferirla. Hacerla esperar es injusticia” ~ Jean de la Bruyère (1645-1696) ~ también ha oído hablar de Séneca ¿verdad?, ¿recuerda lo que dijo sobre la justicia tardía?, él dijo: “Nada se parece tanto a la injusticia como la justicia tardía”; entonces, si se supone que usted sabe todo esto, y se lo han repetido hasta el cansancio, ¿porqué no ha hecho cumplir SU ORDEN impartida al Ministro del Poder Popular para la Defensa para que pague el Beneficio de Alimentación a los militares profesionales en situación de retiro y a los familiares sobrevivientes con derecho adquirido, según la vigente ley de seguridad social de las FF.AA.NN.?, ¿porqué usted no ha fijado la fecha para la Audiencia Oral relacionada con la Acción de Amparo introducida en su Sala el día DOCE (12) DE JULIO DE DOS MIL SEIS (2006), hace ya TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS?, ¿está esperando la orden de quién para ejercer sus funciones, su obligación?

Creo que usted, como cualquier ser humano, tiene conciencia y por eso le pregunto: ¿cómo puede dormir tranquila sabiendo que, en esos más de tres años de retardo, han fallecido aproximadamente doscientas (200) personas sin recibir lo que por justicia, por derecho, les corresponde y que usted misma así lo ha reconocido?; ¿no le es suficiente ese número de fallecidos?, ¿desea aumentarlo?, ¡pues mientras siga cumpliendo órdenes lo va a lograr!, porque aquellos que esperan por su decisión son muchísimas personas, muchísimos seres humanos, que pertenecen a la Tercera Edad como usted, y que superan los sesenta años, ¿qué haría usted si estuviera de este lado de la acera, esperando que una Magistrada tenga la voluntad y la entereza suficiente para dictar sentencia favorable a esa colectividad de viejitos que sólo aspiran culminar su vida en paz y sus derechos respetados? Usted puede socorrer al que puede perecer, pero con su conducta omisiva lo que hace es ayudarlo a que perezca.

La ley se hizo para que sea cumplida, para que la sociedad pueda desenvolverse en paz y para que el poderoso no pueda hacer todo lo que le venga en ganas, la justicia no puede ser el manto protector de aquellos que pretenden violar los derechos de los más débiles.

Usted creó una esperanza en un gran número de personas mayores, insisto, iguales a usted, pero poco a poco han ido perdiendo esa esperanza, y lo más grave, la credibilidad en usted y en la justicia venezolana, ¿eso tampoco le importa?

Voy a dejarle dos frases, internalícelas y saque sus conclusiones:

 

Toda revolución se evapora y deja atrás sólo el timo de una buena burocracia.
Franz Kafka (1883-1924);

Escritor checo en lengua alemana.

 

No hay servidumbre más vergonzosa que la voluntaria.
Séneca el Filósofo, Lucius Annaeus

(c.5 a. C.-65 d. C.); filósofo hispano latino

Diciembre, 30 de 2009

 



¡Policía Nacional!

Coronel (Ej-Ven) Manuel A Ledezma Hernández

Renace la Policía Nacional, no porque se haya remozado, renace porque el proceso se repite.

Ya en el año 1936, siendo Presidente de la República el General en Jefe Eleazar López Contreras y atendiendo a las manifestaciones callejeras, aumento de la delincuencia, intensificación del contrabando por las fronteras y otros hechos que afectaban la tranquilidad de la nación, decide crear un cuerpo de Policía de carácter nacional. Luego de todo un proceso y asesoramiento de la Guardia Civil Española, se materializa el día 04 de agosto de 1937 con el nombre de Guardia Nacional.

Éste órgano policial nace con la adscripción al Ministerio de Relaciones Interiores y supervisión del Ministerio de Guerra y Marina.

Hoy, setenta y dos años más tarde, ve la luz una organización que nace bajo necesidades similares ~o fabricadas ex profeso~ y que depende, exclusivamente, del Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ) y por consiguiente del Presidente de la República (¿acaso es el núcleo de las Tropas del Interior que existe en Rusia y que dependen del Ministerio del Interior?), para cumplir las funciones exclusivas de: fiscalización y aduanas; custodia diplomática y protección de personalidades; penitenciaria; control sobre el ingreso, registro, permanencia, salida y actividades de extranjeros en el territorio nacional; turismo; aeroportuaria; marítima; anticorrupción; sustancias estupefacientes y psicotrópicas; ambiental; delincuencia organizada; seguridad alimentaria; grupos armados irregulares; fronteras y antisecuestro; colaboración y el auxilio a las policías extranjeras de acuerdo con lo establecido en los tratados y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República; crear grupos o unidades tácticas; mantenimiento del orden público en todo el territorio de la República; auxiliar de policía judicial que le sean atribuidas por el Código Orgánico Procesal Penal y demás leyes especiales; dirigir la vigilancia del tránsito y transporte terrestre en todo el territorio de la República; las demás que la Constitución de la República y las leyes otorguen al Poder Público Nacional y cualquier otra vinculada a la prevención del delito.

¿Qué le queda a la Guardia Nacional?, ¿su desaparición tal y como estaba planteada en la deforma constitucional rechazada? ¡Los indicios dicen que !

Entremos ahora en otra materia, pero relacionada también con la Policía Nacional-FAN-docentes-médicos.

Soy un convencido de que un país tiene tres pilares fundamentales que lo sostienen como un todo: salud, educación y seguridad, sin que este orden de mención signifique prioridad. Sin salud no puede existir educación ni seguridad; sin educación no puede existir salud ni seguridad y sin seguridad no puede existir salud ni educación. Sin esos pilares fundamentales es prácticamente imposible que se logre el desarrollo de una Nación y para muestra es suficiente revisar lo que pasa en la actualidad con la inseguridad jurídica que permite acabar con empresas productivas y que siembra el temor a la inversión; lo que sucede con la inseguridad física que da origen a la enorme cantidad de asesinatos cada fin de semana y que llega a superar, proporcionalmente, a los fallecidos en aquellos países que se encuentran en guerra; es suficiente ver la deplorable situación de la asistencia médica y el ruinoso estado de los centros dispensadores de salud y de los centros docentes.

Salud, educación y seguridad es un ciclo similar al de reciclaje e inclusive podría representarse con el símbolo que identifica a ese ciclo.

En cuanto a la seguridad, no puede estar restringida al concepto tradicional de la misma: seguridad física; el concepto de seguridad es mucho más amplio y él va desde esa seguridad física hasta el infinito, pasando por la jurídica, calidad de vida y todas aquellas seguridades que pertenecen al ser humano para que pueda desarrollarse y hacerse cada día mejor en beneficio propio, de sus semejantes y, por ende, de la Nación.

Por supuesto dentro de esa seguridad juegan un papel primordial los cuerpos armados de la nación, y uno de ellos es la policía, bien sea nacional, de los Estados o de los Municipios; son organizaciones integradas por seres humanos que merecen respeto y una excelente calidad de vida, pero sin que ello sea un privilegio de ese sector, porque el mismo derecho lo tienen los médicos y los trabajadores de la salud, los docentes de todos los niveles académicos, los militares profesionales y alistados y cualquier gremio al servicio exclusivo del País.

¿A qué viene todo esto?

Esto obedece a que el pasado 04 de diciembre del presente año el “individuo” anunció las remuneraciones que percibirán los integrantes de la Policía Nacional ¡justas y merecidas remuneraciones!, pero… ¿y el resto de los sectores de la población cuyas remuneraciones dependen del Ejecutivo Nacional y que prestan sus servicios como médicos, enfermeros, trabajadores de la salud, maestros, profesores, y los integrantes de la Fuerza Armada Nacional (denominación establecida en la Constitución de 1999)?

Veamos algunos números, referidos sólo al ámbito militar por ser el sector que, más o menos, conozco y domino.

El “individuo” anunció que un Oficial de la Policía Nacional, inicio del primer nivel en la jerarquía, con un año de formación, según la Ley del Estatuto de la Función Policial (*), devengaría un sueldo básico de dos mil ochocientos bolívares (Bs. 2.800,00) más una Prima por riesgo de trescientos bolívares (Bs. 300,00), esto es excelente, mucho más que merecido, pero que pasa con la FAN? Pues bien, veamos:

Un Teniente (antes Subteniente) o Alférez de Navío, luego de cuatro años de estudios y Licenciado en Ciencias y Artes Militares tiene un sueldo básico de un mil setecientos cincuenta y tres con noventa y cinco (Bs. 1.753,95), usted, Teniente o Alférez de Navío, ¿comenzó a captar la diferencia?, ¿y la Tropa Profesional?; ¡están peor!, ya que un Sargento Segundo que pasó por el servicio militar y acudió a una escuela para su capacitación como tal, tiene un sueldo básico de mil treinta y seis con dieciocho (Bs. 1.036,18); ¡pero es que aquí no termina la injusticia, la incongruencia, lo absurdo y las decisiones viscerales del “individuo” y sus consecuencias porque, ¿sabe usted a cuánto asciende el sueldo básico de un Sargento Mayor Supervisor con ¡TREINTA Y TRES AÑOS! de servicio?... ¡dos mil cuatrocientos setenta y uno con cuarenta y tres bolívares (2.471,43), ¿y usted Sargento sigue gritando ¡Patria, Socialismo o Muerte!?; pues bien, de seguir las cosas así tendrá la muerte pero… ¡de hambre!, porque por los vientos que soplan su aumento, si es que lo decretan, muy difícilmente pasará de un treinta por ciento, tal y como siempre ha sido (Dios quiera que me equivoque y sea mucho mayor), ¿o es que usted tiene las mismas posibilidades de “ahorrar” como lo tienen ciertos Oficiales, especialmente los Generales y Almirantes?

Sigamos.

Un Supervisor, inicio del segundo nivel, luego de nueve años de servicio  y haber obtenido la Licenciatura, según la Ley del Estatuto de la Función Policial, devengará un sueldo básico de cuatro mil quinientos cuarenta bolívares (Bs. 4.540,00), sueldo equivalente al que devenga un General de Brigada o Contralmirante, con Máster o Doctorado en Defensa Nacional y ¡VEINTICINCO! años de servicios y cuyo sueldo básico es de cuatro mil quinientos setenta y uno con ochenta y nueve bolívares (Bs. 4.571,89), ¿se da cuenta usted, General de Brigada y Contralmirante, cuánto le vale dejar sus pulmones al gritar ¡Patria, Socialismo o muerte!?

El tercer nivel comienza con el Comisionado, este ciudadano, luego de 18 años de servicio, con estudios de 4º nivel con una duración mínima de cuatro semestres, según la Ley del Estatuto de la Función Policial, devengará un sueldo básico de cinco mil ciento ochenta y cuatro bolívares (Bs. 5.184,00), equivalente al sueldo básico de un General de División o Vicealmirante, con ¡TREINTA Y DOS! años de servicios y cuyo sueldo básico es de cinco mil ciento treinta y seis con noventa y ocho bolívares (5.136,98), ¿y aún con esto usted sigue “calentando silla”, o es que sus “beneficios colaterales” son espléndidos?

Todo confirma que la deforma constitucional continua adelante desenfrenadamente y la humillación y desintegración de la FAN profesional marcha ¡a paso de vencedores!

¡Viva la incapacidad, la ignorancia, la indiferencia, la mediocridad, la falta de unidad entre los retirados y sobre todo el acoso y desprecio por los que tratan de reivindicar los derechos de los ciudadanos venezolanos que visten o vistieron el uniforme militar!

(*) Gaceta Oficial Nº 5.940 Extraordinario del 7 diciembre 2009

Diciembre, 08 de 2009

 
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